Antena 3 TV recupera el dominio www.antena3.com
14/09/2002 Lecturas: 101.830
El Centro de Mediación y Arbitraje de Dominios de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha ordenado la transferencia del dominio www.antena3.com a Antena 3 Televisión. El dominio estaba registrado por un ciberocupa con un gran número de ocupaciones a sus espaldas.
El Panel de Arbitraje, estimando que concurren las circunstancias necesarias para su devolución, ha ordenado la devolución del dominio a la cadena televisiva, propietaria de los dominios www.antena3tv.com, www.a3n.com y www.a3n.tv.
El demandado, que ya en su día tuvo que devolver los dominios de entes televisivos www.canalplus.com y www.tele5.com, sólo utiliza el dominio www.antena3.com para redirigir a los internautas hacia el sitio web Teletexto.com.
El demandado cuenta ya con un historial de nueve casos perdidos ante la OMPI por registrar nombres de dominio de renombre internacional con mala fe, tales como Cortefiel, Portaventura, Christian Dior, Don Algodón y Audi, lo que demuestra, según el Panel de Arbitraje, un patrón de conducta ilícito.
Así pues, se considerada probado que el demandado registró la dirección de mala fe, ya que, en el momento de hacerlo, conocía la existencia de la empresa Antena 3 de Televisión y sus marcas, así como por no haber ofrecido sevicios bajo este dominio, sino únicamente para redirigir a otro web.
Además, considera también su mala fe, puesto que el demandado ha intentado de manera intencionada atraer, con ánimo de lucro a internautas, creando la posibilidad de que exista confusión con la marca del demandante en cuanto a la fuente, patrocinio, afiliación o promoción de su sitio web.
El demandado argumentó que adquirió el dominio con la sana idea de invertir en la emisora de radio portuguesa Antena 3 www.antena3.pt, emisora de radio portuguesa, pero que sus negociaciones con dicha empresa no habían fructificado. La OMPI señala no haber recibido prueba alguna de la existencia de dichas negociaciones, pero asegura que, aún en el caso de que se hubieran producido, en ningún modo podrían justificar el registro del nombre.
Mientras la cadena televisiva había argumentado que el demandado se intentaba aprovechar de su prestigio y renombre adquiridos ante televidentes e internautas, este último criticó la cesión exclusiva del dominio a la cadena española, al considerar que la empresa portuguesa también podría reclamar dicho dominio.
|